{"id":2842,"date":"2025-08-13T20:01:09","date_gmt":"2025-08-13T23:01:09","guid":{"rendered":"https:\/\/www.laleyaldia.cl\/?p=2842"},"modified":"2025-08-13T20:06:17","modified_gmt":"2025-08-13T23:06:17","slug":"entra-en-vigor-normativa-anti-spam-nuevos-prefijos-identificaran-las-llamadas-telefonicas-no-deseadas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/laleyaldia.cl\/?p=2842","title":{"rendered":"Entra en vigor normativa Anti Spam: nuevos prefijos identificar\u00e1n las llamadas telef\u00f3nicas no deseadas"},"content":{"rendered":"<p>Este mi\u00e9rcoles 13 de agosto de 2025, entra en vigencia el nuevo sistema que permite reconocer las comunicaciones de origen comercial y alertar sobre estafas.<\/p>\n<p><strong>Antecedentes jur\u00eddicos<\/strong><\/p>\n<p>La Resoluci\u00f3n N\u00b0 286, de 13 de febrero del presente a\u00f1o, introduce modificaciones a la Resoluci\u00f3n exenta N\u00b0 1.319, de 2004, de la Subsecretar\u00eda de Telecomunicaciones. Dicha resoluci\u00f3n clasifica los servicios complementarios al Servicio P\u00fablico Telef\u00f3nico en categor\u00edas, asigna a cada una de ellas un bloque especial de numeraci\u00f3n y establece normas para garantizar el efectivo ejercicio del derecho de habilitaci\u00f3n, suspensi\u00f3n y renovaci\u00f3n del acceso a esos servicios complementarios.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 1\u00b0 de esta \u00faltima norma define las categor\u00edas de servicios complementarios, ajustadas a la realidad tecnol\u00f3gica de su \u00e9poca. Para el presente an\u00e1lisis, destaca el \u201cservicio complementario de comunicaciones masivas no solicitadas\u201d, que comprende servicios de informaci\u00f3n y\/o con fines publicitarios dirigidos al suscriptor o usuario del servicio telef\u00f3nico, mediante comunicaciones originadas de forma automatizada y\/o masiva, no solicitadas ni autorizadas por el referido suscriptor o usuario. Este concepto abarca todo tipo de comunicaci\u00f3n: verbal, escrita, pregrabada o generada por inteligencia artificial, entre otras.<\/p>\n<p>Sobre la base de este marco normativo, la Subsecretar\u00eda de Telecomunicaciones ha constatado la existencia de comunicaciones no solicitadas que se realizan de forma reiterada, automatizada y\/o masiva a suscriptores y usuarios de telefon\u00eda en el pa\u00eds. En consecuencia, se hace necesario regular dichas comunicaciones, clasific\u00e1ndolas como servicios complementarios en atenci\u00f3n a la evoluci\u00f3n tecnol\u00f3gica, adecuaci\u00f3n que se materializa mediante la ya citada Resoluci\u00f3n N\u00b0 286.<\/p>\n<p>Se debe destacar que, seg\u00fan un estudio de la empresa Hiya (2024), los chilenos reciben en promedio 28 llamadas spam al mes, la cifra m\u00e1s alta de toda Latinoam\u00e9rica. Mientras que, seg\u00fan los datos de la PDI, durante el 2024 aument\u00f3 en un 19% el n\u00famero de denuncias por estafas telef\u00f3nicas respecto al 2023.<\/p>\n<p><strong>Objetivo<\/strong><\/p>\n<p>La finalidad del texto legal y la obligaci\u00f3n que se impone desde este este 13 de agosto busca proteger al consumidor, identificando las llamadas \u201cspam\u201d y prevenir estafas telef\u00f3nicas.<\/p>\n<p>La medida facilitar\u00e1 la detecci\u00f3n de comunicaciones o llamadas con ofertas comerciales (solicitadas o no), y advertir\u00e1 sobre falsos contactos comerciales que podr\u00edan constituir enga\u00f1os. De este modo, se busca resguardar la seguridad y la informaci\u00f3n de las personas.<\/p>\n<p><strong>Nueva regulaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>En t\u00e9rminos generales, la resoluci\u00f3n en comento dispuso la existencia de dos prefijos que deben aparecer en la pantalla de cada celular. En el caso de las llamadas solicitadas, el prefijo es 600. En las llamadas no solicitadas, el n\u00famero es 809.<\/p>\n<p>La norma se\u00f1ala que concurridos los seis meses de plazo que ten\u00edan las empresas de telecomunicaciones para la implementaci\u00f3n de esta numeraci\u00f3n especial, todas las llamadas comerciales y\/o masivas, deseadas y no deseadas, deber\u00e1n llevar los prefijos 600 y 809 para su identificaci\u00f3n. Esto, en el marco de las medidas contenidas en la Agenda de Seguridad Digital del Gobierno.<\/p>\n<p>Cabe recordar que el <strong>prefijo 600<\/strong>, corresponde a las llamadas solicitadas por los usuarios o que, eventualmente podr\u00edan ser esperadas al tratarse de llamadas provenientes de una empresa o instituci\u00f3n con la cual se tiene v\u00ednculo; mientras que las llamadas que porten el <strong>809<\/strong>, ser\u00e1n identificadas como no deseadas (spam).<\/p>\n<p>Se debe recordar que la normativa chilena define el spam como mensajes no deseados que se env\u00edan de forma masiva. Estos mensajes tienen principalmente un prop\u00f3sito publicitario o comercial, y se suelen enviar a trav\u00e9s de correos electr\u00f3nicos, llamadas celulares, mensajes de texto, entre otras v\u00edas de comunicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Finalmente, se debe se\u00f1alar que la denominada <strong>Ley de Spam<\/strong>, est\u00e1 reconocida en el art\u00edculo 28 b de la Ley del Consumidor, el que indica:<\/p>\n<p><em>\u201cToda comunicaci\u00f3n promocional o publicitaria enviada por correo electr\u00f3nico deber\u00e1 indicar la materia o asunto sobre el que versa, la identidad del remitente y contener una direcci\u00f3n v\u00e1lida a la que el destinatario pueda solicitar la suspensi\u00f3n de los env\u00edos, que quedar\u00e1n desde entonces prohibidos.<\/em><\/p>\n<p><em>Los proveedores que dirijan comunicaciones promocionales o publicitarias a los consumidores por medio de correo postal, fax, llamados o servicios de mensajer\u00eda telef\u00f3nicos, deber\u00e1n indicar una forma expedita en que los destinatarios podr\u00e1n solicitar la suspensi\u00f3n de las mismas. Solicitada \u00e9sta, el env\u00edo de nuevas comunicaciones quedar\u00e1 prohibido.<\/em>\u201d.<\/p>\n<p><strong>Fiscalizaci\u00f3n y sanciones<\/strong><\/p>\n<p>El cumplimiento de la normativa ser\u00e1 fiscalizado por Subtel, no obstante, desde la Instituci\u00f3n hacen el llamado a los usuarios a denunciar y\/o reclamar por los canales correspondientes de la Subsecretar\u00eda de Telecomunicaciones, si reciben llamados de empresas que no contengan los prefijos establecidos.<\/p>\n<p>Por otra parte, se dispone que la o las empresas que incumplan con la normativa, ser\u00e1n sancionadas de acuerdo con la regulaci\u00f3n de la Ley General de Telecomunicaciones; lo que podr\u00eda ir desde una amonestaci\u00f3n a multas que van desde las 5 a 5.000 UTM.<\/p>\n<p><em>Fuente: www.subtel.gob.cl<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Este mi\u00e9rcoles 13 de agosto de 2025, entra en vigencia el nuevo sistema que permite reconocer las comunicaciones de origen comercial y alertar sobre estafas. 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