{"id":2634,"date":"2024-08-27T17:53:00","date_gmt":"2024-08-27T20:53:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.laleyaldia.cl\/?p=2634"},"modified":"2024-08-27T17:53:00","modified_gmt":"2024-08-27T20:53:00","slug":"publicada-ley-que-perfecciona-el-sistema-electoral-y-dispone-realizar-las-elecciones-municipales-y-regionales-en-dos-dias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/laleyaldia.cl\/?p=2634","title":{"rendered":"Publicada ley que perfecciona el sistema electoral y dispone realizar las elecciones municipales y regionales en dos d\u00edas"},"content":{"rendered":"<p>Con fecha 26 de agosto de 2024, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N\u00b0 21.693, que Modifica diversos cuerpos legales, para perfeccionar el Sistema Electoral y realizar las Elecciones Municipales y Regionales del a\u00f1o 2024 en dos d\u00edas.<\/p>\n<p><strong>Antecedentes<\/strong><\/p>\n<p>Las elecciones municipales y regionales de octubre del a\u00f1o 2024 enfrentan nuevos desaf\u00edos: por primera vez desde el retorno a la democracia, se efectuar\u00e1 una elecci\u00f3n con voto obligatorio en que, simult\u00e1neamente, participar\u00e1n candidaturas de cuatro cargos de representaci\u00f3n popular: gobernadores, consejeros regionales, alcaldes y concejales.<br \/>\nAdem\u00e1s, debe considerarse la incorporaci\u00f3n de nuevos cargos p\u00fablicos designados por elecci\u00f3n popular: consejeros regionales y gobernadores regionales.<\/p>\n<p>Cabe se\u00f1alar que, seg\u00fan los datos del Servicio Electoral, se estima que el restablecimiento del voto obligatorio podr\u00eda duplicar el n\u00famero de electores que se presenten a sufragar en comparaci\u00f3n con las \u00faltimas elecciones de 4 votos, celebradas en mayo del a\u00f1o 2021.<\/p>\n<p>Seg\u00fan los c\u00e1lculos realizados por el SERVEL, cada mesa necesitar\u00e1 de 14 horas 10 minutos para atender a todos los electores (considerando una forma de trabajo continua, fluida y sin pausas), por lo que para las elecciones de octubre del a\u00f1o en curso no son suficientes las nueve horas que, en promedio, funciona una mesa receptora de sufragios en un d\u00eda de elecci\u00f3n o plebiscito.<\/p>\n<p><strong>Objetivo<\/strong><\/p>\n<p>Considerando el contexto antes indicado, y con el fin de evitar situaciones de colapso en el sistema, es publicada la presente ley, que propone extender las elecciones municipales y regionales en dos d\u00edas para el a\u00f1o 2024.<\/p>\n<p>Asimismo, para que las elecciones de octubre se realicen de la mejor manera posible, se hace necesario perfeccionar el sistema electoral, de manera de facilitar las condiciones en que la ciudadan\u00eda ejercer\u00e1 su derecho a sufragio.<\/p>\n<p><strong>Contenido<\/strong><\/p>\n<p>Como idea central del nuevo texto legal, se establece que las elecciones municipales y regionales del a\u00f1o 2024 ser\u00e1n obligatorias, y se efectuar\u00e1n el \u00faltimo s\u00e1bado y domingo del mes de octubre (26 y 27 de octubre).\u00a0Esto implica que electores y electoras pueden elegir acudir a las urnas en una de las dos fechas propuestas (no ambos d\u00edas).<\/p>\n<p>Las electoras y electores que no sufraguen ser\u00e1n sancionados con una multa a beneficio municipal de 0,5 unidades tributarias mensuales ($32.950).\u00a0Esta sanci\u00f3n no se aplicar\u00e1 a quienes el d\u00eda de la elecci\u00f3n, se encuentren enfermos, ausentes del pa\u00eds o en una localidad ubicada a m\u00e1s de 200 kil\u00f3metros del local de votaci\u00f3n, o no hubiesen podido cumplir con su obligaci\u00f3n por otro impedimento grave debidamente acreditado ante el juez de polic\u00eda local competente, quien apreciar\u00e1 la prueba de acuerdo con las reglas de la sana cr\u00edtica.<\/p>\n<p>Por otra parte, ninguna autoridad o empleador podr\u00e1 exigir servicio o trabajo que impida votar a los electores y en aquellas actividades que deban necesariamente realizarse el d\u00eda en que se celebrare una elecci\u00f3n o plebiscito, los trabajadores podr\u00e1n ausentarse durante tres horas, con el objeto de que puedan sufragar o excusarse seg\u00fan corresponda, sin descuento de sus remuneraciones.<\/p>\n<p><strong>Regulaci\u00f3n de las redes sociales y plataformas digitales como propaganda electoral<\/strong><\/p>\n<p>El cuerpo legal incorpora dentro de la definici\u00f3n de la propaganda electoral a las redes sociales y plataformas digitales, extendi\u00e9ndoles el deber de no discriminar en el cobro de tarifas entre las distintas candidaturas o proposiciones. Asimismo, se establece el deber de remitir al Servicio Electoral los contratos que se hayan suscrito con dichas redes o plataformas.<\/p>\n<p>Cabe destacar que la propaganda electoral se inicia este mi\u00e9rcoles 28 de agosto.<\/p>\n<p><strong>Vocales de mesa<\/strong><\/p>\n<p>La normativa cambia el proceso de designaci\u00f3n de vocales, modificando el c\u00f3mputo del periodo en que los electores deben ejercer dicha funci\u00f3n: ser\u00e1 norma permanente que los vocales designados deber\u00e1n ejercer su labor en dos procesos electorales generales consecutivos, (incluidas las segundas vueltas), ya sea que se trate de las elecciones presidenciales, parlamentarias, municipales y\/o regionales, o de plebiscitos.<\/p>\n<p>En este orden de ideas, puede concluirse que solo los vocales que ejercieron esta labor en el plebiscito 2023, podr\u00e1n repetirse nuevamente para la elecci\u00f3n de octubre pr\u00f3ximo.<\/p>\n<p>El bono para las personas que ejerzan las funciones de vocal de mesa receptora de sufragios de 0,75 UF ($28.284), se pagar\u00e1 por cada d\u00eda en que efectivamente ejerzan la funci\u00f3n de vocal.<\/p>\n<p><strong>Reglas especiales<\/strong><\/p>\n<p>En relaci\u00f3n al proceso de sellado y custodia de las urnas y de los \u00fatiles electorales en los locales de votaci\u00f3n, tras el cierre de la jornada del d\u00eda s\u00e1bado, se dispone que las urnas electorales ser\u00e1n selladas y reabiertas al d\u00eda siguiente por los vocales de mesas, sin perjuicio de que podr\u00e1n estar presentes los apoderados acreditados ante la mesa de votaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las urnas y los \u00fatiles electorales, desde la noche del d\u00eda s\u00e1bado hasta la ma\u00f1ana del d\u00eda domingo, permanecer\u00e1n en un lugar de custodia con sellos especiales, de acuerdo a las normas que dicte el Servicio Electoral. Asimismo, los lugares de custodia permanecer\u00e1n cerrados de puertas y ventanas con sellos especiales, de acuerdo con las normas que dicte el Servicio Electoral.<\/p>\n<p>El delegado de la Junta Electoral o la persona que \u00e9ste designe mantendr\u00e1 un registro de quienes se encuentren en el lugar de votaci\u00f3n durante la noche del s\u00e1bado y la ma\u00f1ana del domingo. En todo caso, adem\u00e1s del delegado o la persona que \u00e9ste designe, durante dicho periodo s\u00f3lo estar\u00e1n autorizados para permanecer en el local de votaci\u00f3n personal de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile, personal de enlace del Servicio Electoral y los apoderados generales. En el caso de los apoderados generales que permanezcan durante la noche del s\u00e1bado y la ma\u00f1ana del domingo en los locales de votaci\u00f3n, estos en ning\u00fan caso podr\u00e1n entrar al lugar en que se guarden las urnas y los \u00fatiles electorales.<\/p>\n<p><strong>Feriado<\/strong><\/p>\n<p>La aplicaci\u00f3n del feriado electoral contenida en el n\u00famero 7 del art\u00edculo 38 del C\u00f3digo del Trabajo, as\u00ed como lo establecido en el art\u00edculo 180 de la Ley N\u00b0 18.700, Org\u00e1nica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, ser\u00e1 aplicable s\u00f3lo para el d\u00eda domingo.<\/p>\n<p><strong>Modificaciones<\/strong><\/p>\n<p>La norma en comento modifica los siguientes cuerpos legales:<\/p>\n<p>&#8211; DFL N\u00b0 2, Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N\u00b0 18.700, Org\u00e1nica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios<br \/>\n&#8211; DFL N\u00b0 2, Fija el texto refundido de la ley N\u00b0 18.695, Org\u00e1nica Constitucional de Municipalidades<br \/>\n&#8211; DFL N\u00b0 3, Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N\u00b0 19.884, Org\u00e1nica Constitucional sobre transparencia, l\u00edmite y control del gasto electoral<br \/>\n&#8211; DFL 1-19.175, Fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley N\u00b0 19.175, Org\u00e1nica Constitucional sobre Gobierno y Administraci\u00f3n Regional<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con fecha 26 de agosto de 2024, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N\u00b0 21.693, que Modifica diversos cuerpos legales, para perfeccionar el Sistema Electoral y realizar las Elecciones Municipales y [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":1808,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[68,66],"tags":[77,163],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2634"}],"collection":[{"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=2634"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2634\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2635,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2634\/revisions\/2635"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/1808"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=2634"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=2634"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=2634"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}