{"id":2565,"date":"2024-05-14T15:40:12","date_gmt":"2024-05-14T18:40:12","guid":{"rendered":"https:\/\/www.laleyaldia.cl\/?p=2565"},"modified":"2024-05-14T15:40:12","modified_gmt":"2024-05-14T18:40:12","slug":"ley-de-grabado-de-patentes-publicado-reglamento-que-determina-entrada-en-vigencia-y-otras-materias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/laleyaldia.cl\/?p=2565","title":{"rendered":"Ley de Grabado de Patentes: publicado reglamento que determina entrada en vigencia y otras materias"},"content":{"rendered":"<p>Con fecha 14 de mayo de 2024, fue publicado en el Diario Oficial el Decreto N\u00b0 13, que Aprueba reglamento que establece las caracter\u00edsticas del grabado de las letras y d\u00edgitos de la placa patente \u00fanica en los vidrios y espejos laterales de los veh\u00edculos motorizados.<\/p>\n<p><strong>Antecedentes<\/strong><\/p>\n<p>La creciente criminalidad que afecta a nuestro pa\u00eds, genera una serie de consecuencias negativas para la sociedad en su conjunto y, especialmente a la v\u00edctima de un crimen o delito y su familia, por lo que el Estado debe prestar especial atenci\u00f3n y brindar un conjunto de herramientas para superar la situaci\u00f3n que debieron enfrentar.<\/p>\n<p>Espec\u00edficamente nos referimos al creciente robo de veh\u00edculos, que tiene como causas principales: la comisi\u00f3n de otros delitos; la clonaci\u00f3n y posterior venta de \u00e9stos, para el desarme y venta de partes y piezas.<\/p>\n<p>Por esta raz\u00f3n, se hizo necesario una nueva regulaci\u00f3n para enfrentar este tipo de il\u00edcitos, que se enmarca en los esfuerzos que realiza el Gobierno y el Poder Legislativo para enfrentar los problemas de seguridad p\u00fablica que afectan al pa\u00eds.<\/p>\n<p>En este contexto, el d\u00eda 11 de septiembre de 2023, fue publicada la Ley N\u00b0 21.601, que Modifica la Ley de Tr\u00e1nsito para prevenir la venta de veh\u00edculos motorizados robados y sancionar las conductas que indica.<\/p>\n<p>Cabe se\u00f1alar, que dicha norma dispuso entre otras medidas, la obligatoriedad de grabar la placa patente \u00fanica en los vidrios y espejos laterales de los veh\u00edculos motorizados, obligaci\u00f3n que comienza a regir, de acuerdo a lo dispuesto en el art\u00edculo segundo transitorio de la ley en comento:<\/p>\n<p>a) Para veh\u00edculos nuevos, la obligaci\u00f3n ser\u00e1 exigible desde el cuarto mes de publicado el reglamento en el Diario Oficial.<\/p>\n<p>b) Para veh\u00edculos comercializados con anterioridad a la publicaci\u00f3n de esta ley, la obligaci\u00f3n ser\u00e1 exigible luego de transcurridos doce meses desde la publicaci\u00f3n del reglamento en el Diario Oficial.<\/p>\n<p><strong>Objetivo del Reglamento<\/strong><\/p>\n<p>La citada ley N\u00b0 21.601, incorpor\u00f3 un nuevo inciso final al art\u00edculo 62 de la Ley de Tr\u00e1nsito, que se\u00f1ala que &#8220;Los veh\u00edculos motorizados deber\u00e1n contar con su placa patente \u00fanica grabada, de forma permanente, en sus vidrios y espejos laterales. Un reglamento del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones deber\u00e1 establecer las caracter\u00edsticas de este grabado.&#8221;.<\/p>\n<p>En este orden de ideas es que el presente reglamento tiene por objeto establecer las caracter\u00edsticas del grabado de la placa patente \u00fanica con que deber\u00e1n contar los veh\u00edculos motorizados en sus vidrios, consistentes en vidrios laterales, parabrisas y luneta trasera, y espejos laterales, para transitar por el territorio de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p><strong>Contenido<\/strong><\/p>\n<p>La nueva regulaci\u00f3n establece que el grabado de las letras y d\u00edgitos correspondientes a la placa patente \u00fanica del veh\u00edculo deber\u00e1 cumplir con las siguientes caracter\u00edsticas:<\/p>\n<p>a. Las letras y d\u00edgitos en los vidrios deben tener entre 7 y 10 mm de altura, un ancho y un espesor de trazo acorde al tipo y altura de las letras y d\u00edgitos, de estilo normal, sin cursiva ni negrita. En cuanto a las letras, adem\u00e1s, estas deben ser may\u00fasculas.<\/p>\n<p>b. En los espejos laterales deben tener entre 5 y 10 mm de altura, un ancho y un espesor de trazo acorde al tipo y altura de las letras y d\u00edgitos, de estilo normal, sin cursiva ni negrita. Las letras tambi\u00e9n deben ser may\u00fasculas.<\/p>\n<p>c. El grabado debe realizarse siguiendo la superficie del vidrio o del espejo lateral, de manera tal que su lectura horizontal, para un observador externo al veh\u00edculo, sea de izquierda a derecha.<\/p>\n<p>d. Por otra parte, el grabado debe ser permanente, entendi\u00e9ndose como tal aquel que se realiza desgastando la superficie del vidrio y espejo lateral, de forma tal que no pueda ser borrado.<\/p>\n<p>e. En los vidrios laterales ubicados al costado del conductor, el grabado se efectuar\u00e1 en el v\u00e9rtice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo y en aquellos ubicados al costado del acompa\u00f1ante se realizar\u00e1 en el v\u00e9rtice inferior izquierdo desde el punto de vista de un observador externo. En ambos casos, el grabado de la placa patente \u00fanica se realizar\u00e1 sin obstaculizar la lectura de otra informaci\u00f3n obligatoria que pueda ubicarse en esa zona.<\/p>\n<p>f. En el parabrisas el grabado deber\u00e1 efectuarse en el v\u00e9rtice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo, sin obstaculizar la lectura u ocultar el Vehicle Identification Number (VIN) con que cuentan algunos veh\u00edculos en dicha zona, o cualquier otro elemento obligatorio que deba exhibirse en el parabrisas.<\/p>\n<p>g. En la luneta trasera el grabado se efectuar\u00e1 en el v\u00e9rtice inferior izquierdo desde la perspectiva de un observador externo.<\/p>\n<p>h. En los espejos laterales cuya forma sea o se aproxime a un cuadrado o a un rect\u00e1ngulo, el grabado se realizar\u00e1 siguiendo el borde de sus lados paralelos al suelo, de la forma m\u00e1s pr\u00f3xima a dicho borde. En los espejos laterales cuya forma sea circular u ovalada, el grabado se realizar\u00e1 de forma paralela al suelo, en una l\u00ednea que une los puntos donde las letras y d\u00edgitos tocan el borde curvo del espejo. En ambos casos el grabado puede realizarse en la parte superior o inferior y no debe interferir con su funci\u00f3n.<\/p>\n<p>Debe destacarse, que los veh\u00edculos comercializados con anterioridad a la publicaci\u00f3n del presente reglamento, cuyos vidrios y espejos laterales se encuentren grabados, estar\u00e1n eximidos de cumplir estos requisitos, siempre que el grabado con el que cuenten sea permanente y permita la \u00edntegra y correcta identificaci\u00f3n de cada uno de los d\u00edgitos y letras de la placa patente grabada.<\/p>\n<p><strong>Fiscalizaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>El cumplimiento de las obligaciones dispuestas en el presente reglamento ser\u00e1 verificado en las revisiones t\u00e9cnicas que deban practicarse a los veh\u00edculos, a contar de la fecha en que la obligaci\u00f3n de grabado de las letras y d\u00edgitos de la placa patente \u00fanica se haga exigible. A esta misma revisi\u00f3n quedar\u00e1n sujetos aquellos veh\u00edculos en los cuales se grabe voluntariamente la placa patente \u00fanica, en vidrios adicionales a los exigidos en este reglamento.<\/p>\n<p>En ambos casos, deber\u00e1 verificarse al momento de la revisi\u00f3n t\u00e9cnica la concordancia entre el grabado y las letras y d\u00edgitos indicados en la placa patente \u00fanica y los dem\u00e1s documentos identificatorios del veh\u00edculo.<\/p>\n<p>Lo anterior, sin perjuicio de las fiscalizaciones que efect\u00faen Carabineros de Chile, inspectores fiscales y municipales, en conformidad al art\u00edculo 4\u00b0 de la Ley de Tr\u00e1nsito.<\/p>\n<p><strong>Vigencia<\/strong><\/p>\n<p>La obligaci\u00f3n de grabar la placa patente \u00fanica en los vidrios y espejos laterales de los veh\u00edculos motorizados, ser\u00e1 exigible una vez que hayan transcurrido los plazos que se indican a continuaci\u00f3n, (de acuerdo a lo dispuesto por el art\u00edculo segundo transitorio de la ley N\u00b0 21.601):<\/p>\n<p>&#8211; Veh\u00edculos nuevos: desde el cuarto mes de publicado el presente decreto en el Diario Oficial. No se considerar\u00e1n veh\u00edculos nuevos para efectos de este reglamento aquellos comercializados entre el 11 de septiembre de 2023 y hasta el tercer mes contado desde la publicaci\u00f3n del presente decreto en el Diario Oficial, a los que les resultar\u00e1 aplicable el plazo establecido en la letra b) del presente art\u00edculo.<\/p>\n<p>&#8211; Veh\u00edculos comercializados de forma previa al 11 de septiembre de 2023: transcurridos doce meses desde la publicaci\u00f3n del presente decreto en el Diario Oficial.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con fecha 14 de mayo de 2024, fue publicado en el Diario Oficial el Decreto N\u00b0 13, que Aprueba reglamento que establece las caracter\u00edsticas del grabado de las letras y d\u00edgitos de la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":2297,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[68,66],"tags":[164],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2565"}],"collection":[{"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=2565"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2565\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2566,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2565\/revisions\/2566"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/2297"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=2565"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=2565"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=2565"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}