{"id":2481,"date":"2024-01-10T16:51:20","date_gmt":"2024-01-10T19:51:20","guid":{"rendered":"https:\/\/www.laleyaldia.cl\/?p=2481"},"modified":"2024-01-10T16:51:20","modified_gmt":"2024-01-10T19:51:20","slug":"publicada-ley-que-promueve-la-resiliencia-financiera","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/laleyaldia.cl\/?p=2481","title":{"rendered":"Publicada ley que promueve la resiliencia financiera"},"content":{"rendered":"<p>Con fecha 30 de diciembre de 2023, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N\u00b0 21.641, que Fortalece la resiliencia del sistema financiero y sus infraestructuras.<\/p>\n<p><strong>Antecedentes<\/strong><\/p>\n<p>Las circunstancias econ\u00f3micas y financieras que el Banco Central de Chile ha debido enfrentar en los \u00faltimos a\u00f1os producto de la crisis econ\u00f3mica causada por la pandemia del COVID-19, han dejado de manifiesto la relevancia de contar con un sistema financiero resiliente, que contribuya a atenuar los efectos econ\u00f3micos y sociales de las crisis.<\/p>\n<p>Asimismo, el dise\u00f1o y aplicaci\u00f3n de herramientas para mantener la estabilidad del sistema financiero durante la crisis mostraron la existencia de espacios de mejora que permiten contar con un espectro m\u00e1s amplio de respuestas de las autoridades del sector financiero y una mejor adaptaci\u00f3n de los agentes de mercado.<\/p>\n<p><strong>Objetivo<\/strong><\/p>\n<p>La finalidad de la presente ley, radica en fortalecer la resiliencia del sistema financiero y sus infraestructuras, buscando busca atenuar los efectos econ\u00f3micos y sociales en el sistema.<\/p>\n<p><strong>Contenido<\/strong><\/p>\n<p>Las nuevas disposiciones mejoran el mercado de operaciones de venta con pacto de retrocompra (REPO), que consisten en transacciones al contado de instrumentos financieros, realizadas en forma conjunta y simult\u00e1nea con una compraventa a plazo.<\/p>\n<p>Asimismo, se incorpor\u00f3 a estas transacciones en la ley de reorganizaci\u00f3n y liquidaci\u00f3n de empresas y personas, en el \u00e1mbito de la resoluci\u00f3n de reorganizaci\u00f3n. As\u00ed tambi\u00e9n, una inclusi\u00f3n similar se anexa en la Ley General de Bancos, donde se agrega a las excepciones a las prohibiciones. De esta forma, se busca otorgar certeza jur\u00eddica en caso de incumplimiento de una de las partes de un convenio marco; permitiendo adem\u00e1s que se efect\u00fae una compensaci\u00f3n de las obligaciones entre las partes, d\u00e1ndoles el tratamiento de \u201cobligaciones conexas\u201d.<\/p>\n<p>Por otra parte, se ampl\u00eda el acceso a los sistemas de pagos del Banco Central, servicios de gesti\u00f3n de liquidez y otros para instituciones e intermediarios financieros no bancarios, como las cooperativas de ahorro y cr\u00e9dito; se fortalece la institucionalidad de infraestructuras del mercado financiero; se incorpora un procedimiento simplificado de obtenci\u00f3n de Rol \u00danico Tributario para facilitar la internacionalizaci\u00f3n del peso chileno, entre otras medidas.<\/p>\n<p><strong>Cooperativas<\/strong><\/p>\n<p>Respecto a las cooperativas de ahorro y cr\u00e9dito (CAC), La norma considera la supervisi\u00f3n integral de la Comisi\u00f3n del Mercado Financiero de estas entidades, como \u00f3rgano regulador por excelencia del sistema financiero.<\/p>\n<p>En este sentido, se propone un reconocimiento de las particularidades y perfil de riesgo de las CAC, lo que representa una innovaci\u00f3n respecto de la fiscalizaci\u00f3n que ejerce la CMF sobre ellas. De esta manera se fortalece la proporcionalidad de la fiscalizaci\u00f3n, el respeto a las caracter\u00edsticas de estas entidades y su naturaleza cooperativa.<\/p>\n<p>Por otra parte, se establece que las CAC fiscalizadas por la CMF (por tener o haber tenido un patrimonio mayor a 400 mil UF) acceder\u00e1n servicios de banca central que no incluyen financiamiento (sistemas de pago). Por otro lado, aquellas con m\u00e1s de 800 mil UF adem\u00e1s acceder\u00e1n a servicios de financiamiento y refinanciamiento.<\/p>\n<p>La ley e incorpora la flexibilizaci\u00f3n en el acceso a servicios de financiamiento del Banco Central para aquellas CAC que, superando el umbral de 800 mil UF, pudieran verse enfrentadas a situaciones transitorias de liquidez.<\/p>\n<p>Para ello, se establece un mecanismo que supone la coordinaci\u00f3n de CMF, a quien se presenta el plan de regularizaci\u00f3n. Posteriormente, el Banco Central deber\u00e1 analizar la solicitud antes de otorgar el financiamiento.<\/p>\n<p><strong>Modificaciones<\/strong><\/p>\n<p>La norma en comento modifica los siguientes cuerpos legales:<\/p>\n<p>&#8211; Ley N\u00b0 20.720, Sustituye el r\u00e9gimen concursal vigente por una ley de reorganizaci\u00f3n y liquidaci\u00f3n de empresas y personas, y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo<br \/>\n&#8211; Decreto con Fuerza de Ley N\u00b0 3, Fija texto refundido, sistematizado y concordado de la Ley General de Bancos y de otros cuerpos legales que se indican<br \/>\n&#8211; Ley N\u00b0 18.840, Ley Org\u00e1nica Constitucional del Banco Central de Chile<br \/>\n&#8211; Ley N\u00b0 20.345, sobre Sistemas de compensaci\u00f3n y liquidaci\u00f3n de instrumentos financieros<br \/>\n&#8211; Ley N\u00b0 18.876, Establece el marco legal para la constituci\u00f3n y operaci\u00f3n de entidades privadas de dep\u00f3sito y custodia de valores<br \/>\n&#8211; Decreto con Fuerza de Ley N\u00b0 5, Ley General de Cooperativas<br \/>\n&#8211; C\u00f3digo Tributario<br \/>\n&#8211; Ley N\u00b0 18.045, de Mercado de Valores<br \/>\n&#8211; Ley N\u00b0 20.712, sobre Administraci\u00f3n de fondos de terceros y carteras individuales<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con fecha 30 de diciembre de 2023, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N\u00b0 21.641, que Fortalece la resiliencia del sistema financiero y sus infraestructuras. 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