{"id":2455,"date":"2023-11-30T11:32:56","date_gmt":"2023-11-30T14:32:56","guid":{"rendered":"https:\/\/www.laleyaldia.cl\/?p=2455"},"modified":"2023-11-30T11:32:56","modified_gmt":"2023-11-30T14:32:56","slug":"se-publica-ley-que-fortalece-vinculo-entre-hospital-clinico-de-la-u-de-chile-y-la-red-publica-de-salud","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/laleyaldia.cl\/?p=2455","title":{"rendered":"Se publica ley que fortalece v\u00ednculo entre Hospital Cl\u00ednico de la U. de Chile y la Red P\u00fablica de Salud"},"content":{"rendered":"<p>Con fecha 24 de noviembre de 2023, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N\u00b0 21.621, que Fortalece el v\u00ednculo entre el Hospital Cl\u00ednico de la Universidad de Chile Dr. Jos\u00e9 Joaqu\u00edn Aguirre y el Sistema Nacional de Servicios de Salud.<\/p>\n<p><strong>Antecedentes<\/strong><\/p>\n<p>Desde su creaci\u00f3n, el Hospital Cl\u00ednico de la Universidad de Chile ha mantenido una estrecha relaci\u00f3n con el Sistema Nacional de Salud, contribuyendo de forma decisiva al progreso, innovaci\u00f3n e instalaci\u00f3n de nuevos modelos de atenci\u00f3n, estando as\u00ed a la vanguardia de la medicina chilena.<\/p>\n<p>En el a\u00f1o 1994, fue modificado el convenio que lo vinculaba al Servicio Nacional de Salud desde la d\u00e9cada del cincuenta. A partir de ese momento el recinto se ha visto obligado a la dif\u00edcil tarea de autofinanciarse como si fuera un prestador privado de salud, pero con regulaciones propias de la Administraci\u00f3n del Estado.<\/p>\n<p>Cabe destacar, que El Hospital Cl\u00ednico ha contribuido de forma decisiva al progreso, innovaci\u00f3n e instalaci\u00f3n de nuevos modelos de atenci\u00f3n, estando a la vanguardia de la medicina chilena; aportando tambi\u00e9n en la formaci\u00f3n de un gran n\u00famero de especialistas y subespecialistas, siendo el \u00fanico formador en nuestro pa\u00eds de ciertas especialidades, como Microbiolog\u00eda e Inmunolog\u00eda.<\/p>\n<p><strong>Objetivo<\/strong><\/p>\n<p>El prop\u00f3sito de la nueva normativa, radica en fortalecer el v\u00ednculo del Hospital Cl\u00ednico de la Universidad de Chile con el Sistema Nacional de Servicios de Salud, a objeto de ampliar y robustecer la Red Asistencial que atiende a la poblaci\u00f3n del sector norte de Santiago; fortalecer la red de alta complejidad a nivel nacional; y, al mismo tiempo, dar un paso importante en lo que ha sido una sentida y transversal demanda por reconocer el rol del Hospital Cl\u00ednico, aprovechando de manera m\u00e1s eficaz y eficiente su capacidad y altos est\u00e1ndares de calidad.<\/p>\n<p><strong>Contenido<\/strong><\/p>\n<p>En concreto, la ley fortalece la articulaci\u00f3n del Hospital Cl\u00ednico con la red p\u00fablica de salud, ratificando su naturaleza acad\u00e9mica y pertenencia a la estructura de la Universidad de Chile, pero a la vez facilitando y permitiendo un trabajo mucho m\u00e1s estrecho con la red de salud, reconoci\u00e9ndolo como un Hospital Universitario P\u00fablico.<\/p>\n<p>Inicialmente, el texto legal dispone que el Hospital Cl\u00ednico de la Universidad de Chile es un establecimiento que forma parte del Sistema Nacional de Servicios de Salud para el efecto de otorgar atenciones de salud a los beneficiarios del R\u00e9gimen de Prestaciones de Salud contenido en el Libro II, en la modalidad de atenci\u00f3n establecida en el inciso primero del art\u00edculo 141, y formar\u00e1 parte de la Red Asistencial de uno o m\u00e1s Servicios de Salud, en virtud del o los convenios que suscribir\u00e1n la Universidad de Chile, el Fondo Nacional de Salud y el Servicio de Salud respectivo, en el marco de la autonom\u00eda, proyecto acad\u00e9mico y rol formador de dicha instituci\u00f3n de educaci\u00f3n superior del Estado.<\/p>\n<p>Por otra parte, se establece que los convenios entre el Hospital Cl\u00ednico con la red asistencial, tendr\u00e1n por objetivo que el establecimiento tome a su cargo una parte de la poblaci\u00f3n beneficiaria del Servicio de Salud Metropolitano Norte, lo que corresponde a las comunas de Recoleta, Independencia, Conchal\u00ed, Huechuraba, Quilicura, Lampa, Tiltil, Colina y Renca.<\/p>\n<p>Asimismo, El Hospital Cl\u00ednico recibir\u00e1 las derivaciones de la atenci\u00f3n primaria y ejecutar\u00e1 prestaciones de alta complejidad.<\/p>\n<p>Los convenios que suscriba el Ministerio de Salud con el Hospital Cl\u00ednico de la Universidad de Chile deber\u00e1n propender a ampliar, entre otros, los cupos de formaci\u00f3n de la especialidad de geriatr\u00eda para ser destinados a las regiones con mayor proporci\u00f3n de adultos mayores del pa\u00eds.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n a los mecanismos de pago, ser\u00e1n los mismos que los hospitales de la red asistencial de los servicios de salud, esto es bajo el criterio de pago por Grupos Relacionados de Diagn\u00f3stico, seg\u00fan la prestaci\u00f3n y la condici\u00f3n en que se entregue. Los valores de las prestaciones de alta complejidad se fijar\u00e1n de mutuo acuerdo entre el Hospital Cl\u00ednico y la red asistencial del Ministerio de Salud.<\/p>\n<p>En \u00faltima instancia, se dispone que la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud proveer\u00e1 al Hospital Cl\u00ednico de la Universidad de Chile, seg\u00fan los precios que se acuerden, de medicamentos, instrumental y otros elementos o insumos que pueda requerir, en los mismos t\u00e9rminos, condiciones y disponibilidad que los dem\u00e1s \u00f3rganos y establecimientos que forman parte del Sistema Nacional de Servicios de Salud, para cuyos efectos se requerir\u00e1 \u00fanicamente el respaldo presupuestario correspondiente.<\/p>\n<p><strong>Vigencia<\/strong><\/p>\n<p>El art\u00edculo primero transitorio de la nueva norma, dispone que sus disposiciones entrar\u00e1n en vigencia el 1 de enero del a\u00f1o siguiente a su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial.<\/p>\n<p><strong>Modificaciones<\/strong><\/p>\n<p>La presente ley modifica el Decreto con Fuerza de Ley N\u00b0 1, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N\u00b0 2.763, de 1979, y de las leyes N\u00b0 18.933 y N\u00b0 18.469.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con fecha 24 de noviembre de 2023, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N\u00b0 21.621, que Fortalece el v\u00ednculo entre el Hospital Cl\u00ednico de la Universidad de Chile Dr. Jos\u00e9 Joaqu\u00edn [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":2344,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[68,66],"tags":[100,133],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2455"}],"collection":[{"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=2455"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2455\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2456,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2455\/revisions\/2456"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/2344"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=2455"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=2455"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=2455"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}