{"id":2383,"date":"2023-10-06T11:12:08","date_gmt":"2023-10-06T14:12:08","guid":{"rendered":"https:\/\/www.laleyaldia.cl\/?p=2383"},"modified":"2023-10-06T11:12:08","modified_gmt":"2023-10-06T14:12:08","slug":"a-ley-regulacion-de-cigarrillos-electronicos-o-vapeadores","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/laleyaldia.cl\/?p=2383","title":{"rendered":"A ley regulaci\u00f3n de cigarrillos electr\u00f3nicos o vapeadores"},"content":{"rendered":"<p><strong>T\u00edtulo del Proyecto:<\/strong><br \/>\nProyecto de ley que proh\u00edbe la venta de cigarrillos electr\u00f3nicos a menores de edad<\/p>\n<p><strong>Etapa en que se encuentra:<\/strong><br \/>\n&#8211; Tr\u00e1mite de aprobacion presidencial (Senado)<\/p>\n<p><strong>Fecha de Ingreso:<\/strong><br \/>\nMartes 14 de mayo, 2019<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Con la entrada en vigencia de esta normativa, estos dispositivos deber\u00e1n responder a las mismas exigencias del tabaco respecto, por ejemplo, a su comercializaci\u00f3n y distribuci\u00f3n.<\/p>\n<p>Como un paso clave en la defensa de la salud de la poblaci\u00f3n, especialmente la de los menores de edad, calificaron los senadores presentes en la Sala de Sesiones, la aprobaci\u00f3n del proyecto que regula la venta, publicidad y consumo de los cigarrillos electr\u00f3nicos que fue modificado en su segundo tr\u00e1mite.<\/p>\n<p>Con 28 votos a favor, los congresistas apoyaron la recomendaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n de Salud que propuso respaldar los cambios realizados por los diputados y diputadas. Con este resultado, el texto qued\u00f3 en condiciones de ser promulgado como ley.<\/p>\n<p>En t\u00e9rminos generales, la propuesta homologa los vapeadores o cigarrillos electr\u00f3nicos a los cigarrillos tradicionales incorpor\u00e1ndolos en la legislaci\u00f3n que regula el consumo, venta y publicidad del tabaco.<\/p>\n<p>Cabe recordar que el proyecto naci\u00f3 en dos mociones del senador Francisco Chahu\u00e1n y los ex parlamentarios Carolina Goic, Jacqueline Van Rysselberghe, Guido Girardi y Rabindranath Quinteros, y un mensaje de la segunda administraci\u00f3n del ex presidente, Sebasti\u00e1n Pi\u00f1era.<\/p>\n<p><strong>DEBATE<\/strong><\/p>\n<p>El presidente de la Comisi\u00f3n de Salud, Juan Luis Castro record\u00f3 que se trata de varias mociones que buscan regular los dispositivos electr\u00f3nicos respecto a su venta y publicidad. \u201cLo m\u00e1s importante es que se establece que estos dispositivos no son inocuos y siempre deben prohibirse a los menores. El Ejecutivo respald\u00f3 las enmiendas de la C\u00e1mara Baja as\u00ed votamos un\u00e1nimemente esta redacci\u00f3n\u201d, manifest\u00f3.<\/p>\n<p>Durante el debate intervinieron los senadores Ximena \u00d3rdenes, Francisco Chahu\u00e1n, Fidel Espinoza, Juan Luis Castro, Sebasti\u00e1n Keitel, Yasna Provoste y Javier Macaya. Todos valoraron este avance en la legislaci\u00f3n coincidiendo en que \u201cno hay investigaci\u00f3n suficiente que pruebe que los cigarrillos electr\u00f3nicos ayudan a dejar de fumar\u201d, \u201cera necesario hacerse cargo de un mercado desregulado\u201d y \u201clos aditivos que se incluyen generan adicci\u00f3n, por lo que hay que frenar el consumo\u201d.<\/p>\n<p>Respecto a c\u00f3mo ido consolid\u00e1ndose este tipo de dispositivos en la poblaci\u00f3n, varios parlamentarios entregaron cifras como que, en el 2014, el consumo creci\u00f3 un 3,6% y el 2016, un 6,5%. Tambi\u00e9n se hizo menci\u00f3n a la \u00faltima encuesta nacional de salud, donde se grafic\u00f3 este aumento sostenido, particularmente en los menores de 18 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Por lo mismo, durante la discusi\u00f3n se coment\u00f3 la necesidad de seguir reforzando aspectos como la publicidad. As\u00ed se relat\u00f3 que \u201cel Gobierno se comprometi\u00f3 a restringir m\u00e1s el consumo en lugares cerrados\u201d y se plante\u00f3 que \u201cser\u00e1 b\u00e1sico el reglamento de la ley porque ah\u00ed se definir\u00e1 todo lo esencial como las advertencias y los horarios de la publicidad en medios de comunicaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Finalmente, en forma transversal, la Sala asegur\u00f3 que es \u201cresponsabilidad del Estado garantizar una vida saludable y regular la venta de cigarrillos electr\u00f3nicos, es una forma de velar por esa condici\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p><strong>PROYECTO<\/strong><\/p>\n<p>En t\u00e9rminos generales, la iniciativa reemplaza el concepto de cigarrillos electr\u00f3nicos homolog\u00e1ndolo al utilizado por la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud (OMS), ente que los considera como los productos de tabaco recalentado a los Sistemas Electr\u00f3nicos de Administraci\u00f3n de Nicotina (SEAN) y los Sistemas Electr\u00f3nicos sin Nicotina (SESN); incluyendo sus l\u00edquidos de vapeo, accesorios, partes e insumos.<\/p>\n<p>Luego, se definen conceptos como la publicidad de dichos dispositivos, industria, productos de tabaco, sistemas electr\u00f3nicos de administraci\u00f3n de nicotina y sin nicotina, l\u00edquido de vapeo, accesorios, aditivos y espacio interior o cerrado.<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n, se limita la publicidad directa e indirecta de los sistemas electr\u00f3nicos de administraci\u00f3n de nicotina y sin nicotina, y sus accesorios. Al respecto, el Ministerio de Salud establecer\u00e1 las restricciones, respecto a lugares y advertencias, as\u00ed como los horarios en publicidad en medios de comunicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El texto proh\u00edbe la comercializaci\u00f3n, el ofrecimiento, distribuci\u00f3n o entrega a t\u00edtulo gratuito de los productos de tabaco o sus accesorios a menores de 18 a\u00f1os. Dicha medida se extiende respecto a los SEAN y SESN, sus accesorios y l\u00edquidos de vapeo. Asimismo, se proh\u00edbe la instalaci\u00f3n y el uso de m\u00e1quinas expendedoras de este tipo de productos y sus accesorios.<\/p>\n<p>Por otro lado, se impide su venta en establecimientos de salud, sean p\u00fablicos o privados. Lo propio con ofrecer cualquier compensaci\u00f3n, por la compra de productos de tabaco, SEAN y SESN y\/o sus accesorios.<\/p>\n<p>Sobre las advertencias, los envases de dispositivos electr\u00f3nicos, sus accesorios y l\u00edquidos de vapeo con y sin nicotina, destinados a su distribuci\u00f3n en Chile, deber\u00e1n contener una advertencia sobre la potencial adicci\u00f3n que ocasionan. Tendr\u00e1n que indicar que es un producto de venta exclusiva para mayores de 18 a\u00f1os.<\/p>\n<p>En cuanto al consumo, se proh\u00edbe fumar o inhalar productos de tabaco o SEAN y SENS en lugares p\u00fablicos, salvo sus patios o espacios al aire libre. A excepci\u00f3n de SESN terap\u00e9uticos, cuando sean utilizados ante una necesidad imperativa y donde el usuario porte la receta m\u00e9dica para su uso.<\/p>\n<p>La autoridad sanitaria fiscalizar\u00e1 el cumplimiento de esta ley, y cuando procediere, llevar\u00e1 adelante el sumario sanitario correspondiente. Tambi\u00e9n se aplicar\u00e1n las sanciones y multas correspondientes por incumplir la ley.<\/p>\n<p>Los empaques de SEAN, SESN y l\u00edquidos de vapeo, seg\u00fan corresponda, deber\u00e1n incluir la siguiente informaci\u00f3n en espa\u00f1ol: nombre del fabricante; lugar de elaboraci\u00f3n e instrucciones de armado, desarmado y mantenimiento. Lo mismo con ingredientes y concentraci\u00f3n; instrucciones de uso, almacenamiento, conservaci\u00f3n, carga, manipulaci\u00f3n y contraindicaciones. Finalmente, deber\u00e1 incluirse la concentraci\u00f3n en miligramos o mililitros de nicotina y contraindicaciones para personas sensibles a nicotina o productos que la contengan.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.senado.cl\/appsenado\/templates\/tramitacion\/index.php?boletin_ini=12626-11\">Ver Bolet\u00edn N\u00b0 12626-11<\/a><\/p>\n<p><em><strong>Fuente: www.senado.cl<\/strong><\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>T\u00edtulo del Proyecto: Proyecto de ley que proh\u00edbe la venta de cigarrillos electr\u00f3nicos a menores de edad Etapa en que se encuentra: &#8211; Tr\u00e1mite de aprobacion presidencial (Senado) Fecha de Ingreso: Martes 14 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":1800,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[66],"tags":[109,110],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2383"}],"collection":[{"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=2383"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2383\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2384,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2383\/revisions\/2384"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/1800"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=2383"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=2383"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/laleyaldia.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=2383"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}